De acuerdo con los requisitos de la Orden Ejecutiva Presidencial de EE. UU. 13665, comunicamos la siguiente declaración:
El contratista no despedirá ni discriminará de ninguna otra manera a los empleados o solicitantes porque hayan preguntado, discutido o divulgado su propio salario o el salario de otro empleado o solicitante. Sin embargo, los empleados que tengan acceso a la información de compensación de otros empleados o solicitantes como parte de sus funciones laborales esenciales no pueden divulgar el salario de otros empleados o solicitantes a personas que no tengan acceso a información de compensación, a menos que la divulgación sea (a) en respuesta a una queja o cargo formal, (b) en apoyo de una investigación, procedimiento, audiencia o acción, incluida una investigación realizada por el empleador, o (c) consistente con el deber legal del contratista de proporcionar información. 41 CFR 60-1.35 (c)
(Esta disposición también se aplica a la Compañía cuando corresponda por otra ley).
